
El Pleno del Ayuntamiento de
Rafelbunyol aprueba una moción del Grupo
Municipal Independientes Rafelbunyol - IdRa
para la creación de cláusulas que favorezcan a las familias desfavorecidas y de
medioambiente.
La Corporación de Rafelbunyol
ha aprobado en el pleno realizado en el mes de noviembre , una moción para poner en marcha clausulas que favorezcan a las familias desfavorecidas y de
medioambiente, una iniciativa que ha partido del Grupo Municipal Independientes
de Rafelbunyol y que ha sido aprobada por
unanimidad.
Moción - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La contratación pública se basa
principalmente en criterios objetivos
(condiciones técnicas y precio) y la aplicación de unos principios (libre
concurrencia y publicidad), no teniendo en cuenta otros principios como el carácter ético, social y solidario, como el
fomento del empleo de personas y colectivos desfavorecidos, la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres, el empleo de calidad y con derechos y la
protección medioambiental.
Es destacable en este sentido
la sentencia del Tribunal Supremo (23 de mayo de 1997) en la que se expresa:
“La administración no está obligada a aceptar el mejor precio, sino la oferta
más favorable al interés público”.
La contratación pública es una
herramienta de la que disponen los ayuntamientos y desde la que se puede
mejorar la vida de las vecinas y vecinos y su entorno. A través de una
contratación pública responsable el Ayuntamiento puede incidir de manera
positiva en la sociedad y la economía municipal para acabar con las
desigualdades y los desequilibrios sociales.
Para que la contratación sea
responsable es imprescindible la exigencia de garantías por parte de la
administración local. Esas garantías se traducen en cláusulas que hemos
denominado como cláusulas sociales y medioambientales. Son cláusulas sociales y
medioambientales aquellas estipulaciones que obligan a las empresas
adjudicatarias de un contrato público a dar cumplimiento, junto con el objeto
propio del contrato, a ciertos objetivos de política social y medioambiental
que se estiman de interés general.
Así, la cláusula social y
medioambiental, constituyen una estipulación añadida al cumplimiento de la
obligación contractual principal, es decir, la obra o servicio de que se trate.
Ciertamente, las cláusulas
deberán adaptarse a la particularidad del servicio que contemple cada contrato,
atendiendo según el caso concreto al objeto contractual y sus características
específicas. Pero es preciso plantear unos supuestos generales dentro de los
cuales se aplicarán las cláusulas. Dichos supuestos generales son:
– Empleo: se valorará la creación de empleo estable y de
calidad, así como la incorporación de personas desempleadas en la ejecución del
contrato.
– Inclusión social: se valorará la creación de empleo
para personas discapacitadas y con dificultades de acceso al mercado laboral
(perceptores de renta mínima de inserción, mujeres víctimas de violencia
machista, personas desempleadas de larga duración).
– Igualdad: se valorará que las empresas licitadoras
adopten medidas específicas en materia de
igualdad de género. Como por ejemplo la conciliación de la vida personal
y laboral de las personas trabajadoras.
– Seguridad y salud laboral: se valorará la adopción de
medidas complementarias que supongan un incremento de las exigencias mínimas
previstas en la normativa aplicable en materia de protección de la seguridad y
salud laboral.
– Medio ambiente: se valorará el ahorro energético y de
agua, el uso de materiales reciclables y la no utilización de productos
contaminantes.
En lo que al marco legal se
refiere, tanto la Ley de Contratos del Sector Público (texto refundido aprobado
mediante el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre) como la
Directiva 2004/18/CE de 31 de marzo de 2004 del Parlamento Europeo y el
Consejo, recogen en su articulado la inclusión de criterios sociales en los procedimientos
de adjudicación y ejecución.
PROPUESTA DE ACUERDO
1.- Adquirir el compromiso de
incluir en la medida que se pueda , y dentro de las circunstancias especificas
de cada licitación , la guía práctica de
cláusulas de responsabilidad social y medioambiental en los nuevos pliegos de contratación de este
Ayuntamiento
2.- Informar a todas las
empresas que actualmente tienen contratos vigentes con este Ayuntamiento para
que puedan adaptarse a estas nuevas clausulas.
3.- Publicación de la
aplicación de estas nuevas clausulas en
la la Web del Ayuntamiento , y medios de
comunicación que se considere oportuno , como
información para las empresas que
ofrecen servicios a la administración publica.